Prensa

Propuesta de cambios en el cálculo del Costo Promedio Equivalente (CPE) del FONASA genera reacciones

Una nueva metodología para el cálculo del Costo Promedio Equivalente (CPE) comenzará a aplicarse a partir de 2027 y podría reducir el monto de devolución FONASA que perciben algunas personas.

Foto de Facundo Fleitas
Facundo Fleitas· Desarrollador 🤖
4 min
Propuesta de cambios en el cálculo del Costo Promedio Equivalente (CPE) del FONASA genera reacciones

Contexto general

Una nueva metodología para el cálculo del Costo Promedio Equivalente (CPE) comenzará a aplicarse a partir de 2027 y podría reducir el monto de devolución FONASA que perciben algunas personas.

“Una nueva metodología para el cálculo del costo promedio equivalente (CPE) se comenzará a aplicar a partir de 2027 y puede reducir el monto de devolución FONASA que perciben algunas personas.”


Qué dice el MEF sobre el marco legal

Según La Diaria, el MEF señaló que:

  • El artículo 55 de la Ley N° 18.211 establece que el CPE se determina considerando:

    • las cuotas salud que paga el Fonasa,

    • las expectativas de vida de la población,

    • las cuotas del Fondo Nacional de Recursos,

    • y el costo de administración del Sistema Nacional de Salud (SNS).

“el artículo 55 de la Ley N° 18.211 establece que el CPE se determinará teniendo en cuenta las cuotas salud que paga el Fonasa, las expectativas de vida de la población, las cuotas del Fondo Nacional de Recursos y el costo de administración del SNS”.

Por otro lado, el MEF también menciona que el artículo 13 del decreto reglamentario prevé que, para determinar el CPE, se considere el:

  • valor promedio intertemporal de las cuotas salud, definido como el promedio de las cuotas durante toda la vida del beneficiario.

“prevé que para determinar el CPE se deberá considerar el valor promedio intertemporal de las cuotas salud, definido como el valor promedio de las cuotas salud durante toda la vida del beneficiario del SNS”.


Problemas que identifica el MEF en la metodología vigente

1) Subestimación del CPE por incorporación tardía al sistema

El MEF entiende que el cálculo actual subestima el CPE porque muchas personas se incorporaron al SNS años después de nacer, y el cálculo termina ponderando tramos en los que esos usuarios:

  • no estaban cubiertos y

  • no aportaban al seguro.

“un grupo importante de personas empezó a ser usuaria del sistema muchos años después de su nacimiento por lo que el cálculo subestima el valor para tramos de edad dónde esos usuarios no estaban cubiertos ni aportaban al seguro”.


2) Uso de expectativa de vida general, sin desvíos particulares

El segundo problema es que se utiliza una expectativa de vida general para toda la población, sin considerar diferencias o desvíos particulares que puedan existir.

“El otro problema que identifica el MEF es que para el cálculo se utiliza la expectativa de vida general de la población y no toma en cuenta los desvíos particulares que pueden existir.”


3) Ponderación insuficiente de edades avanzadas (tramos más costosos)

Dado que las cápitas Fonasa tienen un valor relativo mayor en edades más avanzadas, el criterio actual subpondera justamente el tramo más caro para el SNS.

“Teniendo en cuenta que la estructura relativa de cápitas Fonasa tienen un valor mayor para los tramos de edad más avanzada, este criterio metodológico subestima el CPE, al asignar poca ponderación al tramo de edad más avanzada, que es el más caro para el SNS”.


Cambios propuestos en la metodología

Según el texto, se introducirán dos cambios principales:

  1. Calcular el CPE para el SNS por cohorte mayor de 18 años, y

  2. Hacerlo considerando:

    • el promedio de la cápita de los 18 años previos, y

    • hasta los años esperados de vida según la probabilidad de supervivencia estimada (curva de supervivencia).

“calcular el CPE para el SNS de cada cohorte mayor de 18 años considerando el promedio de la cápita de los 18 años previos y hasta los años esperados de vida según la probabilidad de supervivencia estimada (curva de supervivencia)”.


Efectos esperados según el MEF

El Ministerio sostiene que con estos cambios se corregirían los errores identificados y, además, habría:

  • reducción del volumen de devoluciones que se realizarán con cargo al ejercicio 2026, es decir, en setiembre de 2027.

“lo que además provocará una reducción en el volumen de devoluciones que se realizarán con cargo ejercicio 2026, es decir en setiembre de 2027”.


Reacciones políticas y convocatoria al MEF

Tras el anuncio, la oposición —según se indica, a través del diputado Sebastián Andújar— impulsará una convocatoria de la comisión permanente del Parlamento al MEF para que explique la propuesta.

“cuando se altera lo que siempre se devolvió, hay que dar explicaciones. No es un simple “tecnicismo”, es un cambio de derechos.”

Compartir: